PATRIMONIO CULTURAL DE LA
HUMANIDAD
Tomado
de: https://es.wikipedia.org/wiki/Patrimonio_cultural
El patrimonio cultural es la herencia cultural propia del pasado de una persona, mantenida hasta la actualidad y transmitida a las generaciones presentes.1 Las entidades que identifican y clasifican determinados bienes como relevantes para la cultura de un pueblo, de una región o de toda la humanidad, velan también por la salvaguarda y la protección de esos bienes, de forma tal que sean preservados debidamente para las generaciones futuras y que puedan ser objeto de estudio y fuente de experiencias emocionales para todos aquellos que los usen, disfruten o visiten.
La Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial
Cultural y Natural2 fue adoptada por la Conferencia General de la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(Unesco) el 16 de noviembre de 1972, cuyo objetivo es
promover la identificación, protección y preservación del patrimonio cultural y
natural considerado especialmente valioso para la humanidad.3 Como complemento de ese tratado, la Unesco
aprobó, el 7 de octubre de 2003, la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial,4: Se entiende por patrimonio
cultural inmaterial los usos, representaciones,
expresiones, conocimientos y técnicas —junto con los instrumentos, objetos, artefactos
y espacios culturales que les son inherentes— que las comunidades, los grupos y, en algunos casos, los individuos reconozcan como parte integrante de su
patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de
generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y
grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su
historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y
contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la
creatividad humana.
Considerando que "todos los pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas, que constituyen el patrimonio común de la humanidad" y que "el respeto de los conocimientos, las culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuyen al desarrollo sostenible y equitativo y a la ordenación de lo que sea si es adecuada del medio ambiente", el 13 de septiembre de 2007 se adopta la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas,5 que establece que "los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales"; "a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales"; a practicar y enseñar sus propios idiomas y sus ceremonias espirituales; a mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales y a acceder a ellos; a mantener su integridad como pueblos distintos, sus valores culturales e identidad étnica, así como a la restitución de los bienes culturales y espirituales de los cuales hayan sido despojados.
Considerando que "todos los pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas, que constituyen el patrimonio común de la humanidad" y que "el respeto de los conocimientos, las culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuyen al desarrollo sostenible y equitativo y a la ordenación de lo que sea si es adecuada del medio ambiente", el 13 de septiembre de 2007 se adopta la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas,5 que establece que "los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales"; "a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales"; a practicar y enseñar sus propios idiomas y sus ceremonias espirituales; a mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales y a acceder a ellos; a mantener su integridad como pueblos distintos, sus valores culturales e identidad étnica, así como a la restitución de los bienes culturales y espirituales de los cuales hayan sido despojados.
Esta importante declaración
estuvo precedida, desde 1989, por el Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales,6 que determina la protección de "los valores
y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios" de
los pueblos indígenas y define "la importancia especial que para las
culturas de nuestro territorio y valores espirituales de los pueblos
interesados reviste su relación con las tierras o territorios", así como la importancia
de las actividades económicas tradicionales para su cultura. El Convenio 169 de
la OIT determina que los servicios de salud para indígenas deberán organizarse en forma comunitaria,
incluyendo los métodos de prevención, prácticas curativas y medicamentos
tradicionales. Los programas de educación "deberán abarcar su historia,
sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores" y además, deberán
adoptarse disposiciones para preservar las lenguas indígenas.
Por patrimonio arquitectónico se
puede entender un edificio, un conjunto de edificios o las ruinas de un
edificio o de un conjunto de edificios que, con el paso del tiempo, han
adquirido un valor mayor al originalmente asignado y que va mucho más allá del
encargo original. Este valor, como lo señalan los capítulos de ICOMOS, puede ser cultural o emocional, físico o
intangible, histórico o técnico. Las obras de arquitectura que pueden
considerarse de patrimonio arquitectónico serán entonces las que, debido a una
multiplicidad de razones, no todas de índole técnica o artística, se consideran
que, sin ellas, el entorno donde se ubican dejaría de ser lo que es.
Referencias
Los procesos
relacionados con la continuación de este conocimiento tradicional constituyen
uno de los aspectos más interesantes de nuestro legado viviente. Cada miembro
de una comunidad posee un pedazo de ese conocimiento compartido. El
conocimiendo crucial es traspasado durante las actividades de la comunidad,
frecuentemente sin una atención consciente al proceso. Creative Newfoundland and Labrador: The Blueprint for Development and
Investment in Culture,Government of Newfoundland and Labrador, 2006, page 34.
El Patrimonio
cultural inmaterial o Patrimonio cultural intangible forma
parte de las declaraciones de la Unesco para la salvaguardia del patrimonio cultural no tangible, conocido
como oral o inmaterial. Según la Convención para la salvaguardia del patrimonio
cultural inmaterial, el patrimonio cultural inmaterial (PCI) "es el crisol de nuestra
diversidad cultural y su conservación, una garantía de creatividad
permanente".1Existe un comité, reunido de forma
regular, para inscribir los elementos del patrimonio cultural inmaterial desde,
los cuales son elegidos según relevancia.
La Unesco define el patrimonio oral e
inmaterial como "el conjunto de creaciones basadas en la tradición de una
comunidad cultural expresada por un grupo."45 Lengua, literatura, música y danza,
juegos y deportes, tradiciones culinarias, los rituales y mitologías,
conocimientos y usos relacionados con el universo, los conocimientos técnicos
relacionados con la artesanía y los espacios culturales se encuentran entre las
muchas formas de patrimonio inmaterial.647 El patrimonio inmaterial es visto
como un depósito de la diversidad cultural,8 y la expresión creativa, así como
una fuerza motriz para las culturas vivas.4 Como se puede ser vulnerable a las
fuerzas de la globalización, la transformación social y la intolerancia,5 La Unesco alienta a las comunidades
para identificar, documentar, proteger, promover y revitalizar ese patrimonio.5
Según la Convención
de 2003 para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial -también
llamado patrimonio viviente-, es la raíz de nuestra diversidad
cultural y su mantenimiento es una garantía para la continuación de la
creatividad. Se define de esta manera:
Patrimonio cultural
inmaterial significa las prácticas, representaciones, expresiones,
conocimientos y habilidades - así como los instrumentos, los objetos y
artefactos, los espacios culturales asociados con los mismo que las
comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconocen como parte
de su legado cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, transmitido de
generación a generación, es constantemente recreado por comunidades y grupos en
respuesta a su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, y les
proporciona un sentido de identidad y continuidad, promoviendo de este modo el
respeto por la diversidad cultural y la creatividad humana. Para los fines de
esta Convención, la consideración se concederá únicamente al patrimonio
cultural inmaterial en tanto sea compatible con los vigentes instrumentos
humanos de derecho, así como con los requerimientos de mutuo respeto entre
comunidades, grupos e individuos, y a un desarrollo sostenible.
Los criterios para la inscripción en la Lista Representativa
En los expedientes presentados
los Estados Partes, deberán demostrar que el elemento propuesto para una
inscripción en la Lista representativa reúne todos los criterios enumerados a
continuación:
·
R.1 El elemento es patrimonio cultural inmaterial, tal y como
definido en el Artículo 2 de la Convención.
·
R.2 La inscripción del elemento contribuirá a dar a conocer el
patrimonio cultural inmaterial, a lograr que se tome conciencia de su
importancia y a propiciar el diálogo, poniendo así de manifiesto la diversidad
cultural a escala mundial y dando testimonio de la creatividad humana.
·
R.3 Se elaboran medidas de salvaguardia que podrían proteger y
promover el elemento.
·
R.4 La propuesta de inscripción del elemento se ha presentado
con la participación más amplia posible de la comunidad, el grupo o, si
procede, los individuos interesados y con su consentimiento libre, previo e
informado.
·
R.5 El elemento figura en un inventario del patrimonio cultural
inmaterial presente en el(los) territorio(s) del(los) Estado(s) Parte(s)
solicitante(s).
A continuación se
incluyen enlaces a las listas de los distintos lugares ordenados por región
geográfica (Unesco):
·
Patrimonio cultural inmaterial de la humanidad en
África (no incluye los países de los Estados árabes, ni las Islas Canarias y plazas de soberanía españolas).27
·
Patrimonio cultural inmaterial de la humanidad en
Asia y Pacífico (no incluye los países de los Estados árabes, ni a Hawái).29
·
Patrimonio cultural inmaterial de la humanidad en
Estados árabes (incluye además una zona de Jerusalén propuesta por Jordania).30
·
Patrimonio cultural inmaterial de la humanidad en
Europa y América del Norte (no incluye a México, se encuentran en este
grupo Israel y Hawái).31
Algunas tradiciones
están incluidas en la Lista de Salvaguardia Urgente del Patrimonio
Inmaterial, para movilizar los esfuerzos concertados de los diversos actores
implicados con el fin de salvaguardar específicamente el patrimonio cultural
inmaterial en peligro.
Los Ejes
musicales de Colombia son el conjunto de regiones culturales cuyas
músicas folclóricas comparten géneros, estilos musicales y formatos de
instrumentación. El hecho de que actualmente se puedan apreciar géneros tan
distintos si se comparan los de un eje con los de otro es debido en gran parte
a la geografía tan abrupta que posee el territorio colombiano que por varios
siglos aisló a las diferentes regiones, manteniéndolas casi incomunicadas. Con
el pasar del tiempo las regiones fueron testigo de la fusión de razas, pueblos
y culturas, fruto de situaciones políticas, sociales y económicas, que fueron
moldeando las concepciones estéticas de cada sociedad que habitaba en el país,
haciéndose muy frecuente el hallazgo de estilos musicales con instrumentación,
armonía y melodías distintas en cada eje. A lo largo de la historia de Colombia
se ha percibido como los diferentes ejes musicales se han "relevado"
el protagonismo desde un punto de vista musical. Esto ha hecho que cada
generación haya asociado diferentes géneros musicales como más representativos
para el país. Con el pasar del tiempo y gracias a los avances tecnológicos que
impactado grandemente el desarrollo de los instrumentos musicales, vemos como
algunos de estos géneros se han modificado, fusionado y reinventado. Sin
embargo todavía es muy común encontrar estos ritmos en su más pura esencia en
cada uno de los ejes musicales. Hoy en día se considera que en el país existen
12 ejes musicales, catalogados con esos nombres por la Centro de Documentación Musical de la Biblioteca Nacional de Colombia,1 con excepción del eje de valles
interandinos del Pacífico. En un pasado se consideraba que en Colombia habían
únicamente cinco regiones musicales que se limitaban a apreciar los aspectos
geográficos del país. El estudio de las músicas tradicionales folclóricas a
través de estos ejes musicales se concibe como un gran avance en la búsqueda
del reconocimiento, formación y salvaguardia del patrimonio musical de la
nación.
El Ministerio
de Cultura de la República de Colombia es la entidad gobernamental encargada
de coordinar, regular y emitir las disposiciones referentes a la preservación y
promoción de las diferentes expresiones de la Cultura de Colombia. Desde el 7 de agosto de 2010 la abogada caleña Mariana Garcés es la
Ministra de Cultura. La cultura en
los últimos años ha tenido que enfrentar los cambios tecnológicos propios del
mundo globalizado, además ha entrado en la lógica de mercado, que impone como
principio la maximización económica, esta razón ha llevado a que la cultura
busque apoyo en el sector privado para ser fomentada, así se comienza a hablar
de industrias culturales como “aquellas que reproducen a escala industrial,
utilizan como materia prima creaciones protegidas por el derecho de autor y
producen bienes y servicios culturales fijados sobre soportes tangibles o
electrónicos.
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